El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Vivienda, casi un año después de que el PSOE y Unidas Podemos iniciaran una negociación para impulsar una nueva normativa. Éste es el asunto del momento en el ámbito inmobiliario por el impacto que podría tener en el mercado una vez que entre en vigor. ¿Qué podría suponer esta nueva normativa?
Sin lugar a duda, la medida más controvertida es el mecanismo de regulación de los alquileres en zonas de mercado tensionadas, ya que es la primera vez que se pone en marcha en España una medida de intervención del mercado de arrendamiento a escala nacional. No obstante, eso no significa que se vayan a regular los alquileres en todo el país cuando se apruebe la Ley: dependerá de las comunidades autónomas y de los ayuntamientos. En este sentido, formaciones políticas como el PP ya han avanzado que no la van a aplicar.
La otra principal medida para intentar contener el precio del alquiler es la reforma del sistema de incentivos fiscales para liberar parcialmente del pago de ciertos impuestos a los propietarios que bajen el precio de sus arrendamientos.
Ahora mismo, los arrendadores pueden desgravarse en el pago del IRPF un 60% de la cantidad que cobran al inquilino, y esa cuantía se reducirá en las zonas tensionadas al 50%. No obstante, la deducción crecerá hasta el 90% si el propietario rebaja el precio del alquiler al menos un 5% con respecto al contrato anterior; y hasta el 70% si se saca una nueva vivienda al mercado y se la alquila a un joven de entre 18 y 35 años.
La nueva norma también establece la exigencia de reservar al menos un 30% de la zona residencial que se construya en las nuevas promociones de vivienda a «inmuebles de protección pública que, al menos, permita establecer su precio máximo en venta, alquiler u otras formas de acceso».
Además, ofrecerá a los ayuntamientos la posibilidad de penalizar económicamente la tenencia de pisos vacíos para fomentar que salgan al mercado, aunque la decisión final será de los consistorios. Esta penalización se vehiculará a través de un recargo en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a pagar por estas viviendas de hasta el 150%. Y se considerará que un inmueble está «desocupado con carácter permanente» cuando permanezca vacío «de forma continuada y sin causa justificada por un plazo superior a dos años», siempre que su propietario tenga cuatro o más casas.
Si bien esta nueva normativa ha generado una gran controversia en el mercado, despertando ya las primeras críticas, todavía tiene un largo recorrido por delante hasta que pueda entrar en vigor. Y es que su tramitación en las Cortes se demorará hasta el tercer trimestre de 2022 y, una vez superada esta fase y aprobada la Ley, habría todavía un periodo de 18 meses hasta que su aplicación sea completa.
Para comprender mejor el contenido de esta nueva Ley, recomendamos esta guía que ha elaborado Idealista News, esta infografía de 20 Minutos y este reportaje del diario El Mundo.
¿Te ha gustado este post? En Trebia hemos creado una newsletter mensual, donde compartimos información y tendencias del mercado inmobiliario. Si te interesa recibirla, sólo tienes que inscribirte aquí.
Deja una respuesta